La Xunta de Galicia mantiene abierto el programa TR341D de Promoción del empleo autónomo, una línea de ayudas dirigida a personas desempleadas que inicien una actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas.
Esta convocatoria puede ser una oportunidad importante para quienes están pensando en darse de alta como autónomos, poner en marcha un pequeño negocio o iniciar una actividad profesional por cuenta propia.
El objetivo del programa es apoyar económicamente el comienzo de la actividad y facilitar el mantenimiento del empleo autónomo durante los primeros meses, una etapa en la que muchas personas emprendedoras necesitan un respaldo adicional para consolidar su proyecto.
¿A quién va dirigida esta ayuda?
El programa está dirigido a personas que causen alta definitiva en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en una mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Con carácter general, la persona solicitante debe haber estado inscrita como demandante de empleo en el momento del alta como autónoma, carecer de ocupación efectiva, desarrollar la actividad en Galicia y tener el domicilio fiscal en Galicia en el momento de solicitar la ayuda.
También pueden acceder personas trabajadoras autónomas que formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre que soliciten la ayuda a título personal y cumplan los requisitos establecidos.
Línea 1: ayuda por inicio de actividad
La primera línea del programa TR341D está pensada para apoyar el inicio de la actividad económica y el mantenimiento del empleo como persona trabajadora autónoma.
La cuantía general de esta ayuda es de 2.000 € para personas desempleadas en general. Esta cantidad puede elevarse a 4.000 € cuando la persona solicitante pertenezca a determinados colectivos, como menores de 30 años, personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad o dependencia, personas en situación o riesgo de exclusión social, personas emigrantes retornadas, personas extranjeras o mayores de 52 años.
Además, la cuantía base puede incrementarse en un 15 % en determinados supuestos: si la persona incorporada es mujer, si el centro de trabajo o domicilio fiscal está situado en un ayuntamiento rural, si la persona es mayor de 45 años, si es una persona trans o si desarrolla una profesión u oficio en el que la mujer está subrepresentada. Estos incrementos son acumulables, con una cuantía máxima posible de 7.000 €.
Línea 2: ayuda para el mantenimiento de la actividad
La segunda línea está destinada a sufragar gastos de mantenimiento de la actividad por cuenta propia, vinculados a la cuota reducida prevista para las personas que comienzan una actividad como autónomas.
En esta línea, la ayuda puede ser de 960 €, equivalente a 80 € mensuales durante 12 meses. Para actividades en los sectores agrícola, ganadero o silvícola, puede alcanzar los 1.920 €, equivalente a 24 meses de cuota reducida, siempre que se cumplan los requisitos específicos.
Esta línea es especialmente interesante porque puede ser compatible con la ayuda de inicio de actividad, de modo que conviene estudiar cada caso para comprobar qué importe podría corresponder y qué requisitos deben acreditarse.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 11 de febrero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 20:00 horas.
Aunque el plazo finaliza en septiembre, es recomendable no esperar al último momento. La convocatoria establece una distribución provincial del crédito y, si el presupuesto asignado no es suficiente para atender todas las solicitudes, se tendrá en cuenta la fecha y hora de presentación.
¿Cómo se presenta la solicitud?
La solicitud debe presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, utilizando el formulario normalizado correspondiente. Para ello puede emplearse certificado digital, Chave365 u otros sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica.
Junto con la solicitud puede ser necesario aportar documentación como el alta en el censo de obligados tributarios, el modelo 036, documentación acreditativa del colectivo por el que se solicita la ayuda, certificado de colegio profesional o mutualidad en su caso, documentación relativa a la representación o documentos de creación de comunidades de bienes o entidades sin personalidad jurídica, según corresponda.
¿Qué obligaciones tiene la persona beneficiaria?
Como ocurre con otras subvenciones públicas, recibir la ayuda implica asumir una serie de obligaciones. Entre ellas, mantenerse de alta como autónomo durante el periodo exigido, conservar la documentación justificativa, estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comunicar posibles cambios y cumplir las medidas de publicidad vinculadas a la financiación europea.
Por eso, antes de presentar la solicitud, es importante revisar bien la situación personal y profesional de la persona interesada, confirmar que cumple los requisitos y preparar correctamente la documentación.
¿Necesitas ayuda para solicitar la ayuda TR341D?
En Amauta Asesoría te ayudamos a analizar si cumples los requisitos, revisar qué línea de ayuda puede corresponderte y preparar la solicitud del programa TR341D para nuevos autónomos en Galicia.
Si estás pensando en iniciar tu actividad como autónomo o autónoma, o si ya te has dado de alta recientemente, podemos acompañarte en todo el proceso para que presentes la documentación de forma correcta y dentro de plazo.
Llámanos y te informamos sin compromiso.
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